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LEY DE INCLUSIÓN LABORAL

¿Qué es la Ley de Inclusión Laboral?

Ley que establece que desde el primero de abril del año 2019, las empresas públicas o privadas que cuentan con 100 o más trabajadores, deben cumplir con la ley 21.015, que incentiva la inclusión de personas con discapacidad al mundo laboral formal. Así, toda empresa con dicho número de trabajadores debe establecer una reserva de empleos equivalente al 1% para personas en situación de discapacidad.

De igual forma, esta ley se puede cumplir de manera alternativa, subcontratando servicios que cuenten con el cumplimiento directo de esta ley o efectuando donaciones anuales en dinero a proyectos o programas de asociaciones, corporaciones o fundaciones bajo la ley N°19.885, la ley de donatarios.

Para poder acceder como parte de esa cuota de incorporación de PcD, es requisito contar con una pensión de invalidez o con la Credencial de Discapacidad. De esta forma, pueden acreditar el cumplimiento de la ley.

La Ley de Inclusión Laboral establece que empresas e instituciones del sector público o privado pueden no cumplir con la obligación de cuota solo por razones fundadas.  En el ámbito público, las razones fundadas son aquellas relativas a la naturaleza de las funciones que desarrolla el órgano, servicio o institución; no contar con cupos disponibles en la dotación de personal y la falta de postulantes que cumplan con los requisitos respectivos. A su vez, Las razones fundadas en el ámbito privado son la naturaleza de las funciones que desarrolla la empresa y la falta de personas interesadas en las ofertas de trabajo que se hayan formulado.

¿Cómo se fiscaliza el cumplimiento de esta ley?

A través de la información otorgada por las empresas en el mes de enero de cada año, de manera electrónica a la Dirección del Trabajo, en donde informa el número total de trabajadores, el número de personas con discapacidad acreditadas o asignatarias de una pensión de invalidez que debiesen ser contratadas y el número de contratos vigentes de personas con discapacidad que efectivamente se encuentren trabajando.

Aquellas empresas que, por razones fundadas, no hayan podido cumplir total o parcialmente con la obligación de contratación, deberán informar esta circunstancia, indicando la razón y la medida subsidiaria de cumplimiento adoptada.

En marzo del 2019, la Dirección del Trabajo estableció una escala de multas para las empresas que no cumplan con la Ley de Inclusión, indicando que las empresas infractoras que tengan hasta 199 trabajadores deben pagar una multa de 2 a 40 UTM), mientras que las que tengan 200 o más trabajadores deben pagar desde 3 hasta 60 UTM, ambas por cada mes de infracción.

En ocasiones, las personas con discapacidad requieren apoyos o ajustes para desenvolverse en los puestos de trabajo ofrecidos, por eso, se han creado distintas estrategias para lograr que estos procesos de inclusión sean efectivos y duraderos en el tiempo, como el análisis y adaptaciones de puesto de trabajo, intermediación laboral mediante profesionales del área, capacitación a las empresas y equipos de trabajo en temáticas de diversidad e inclusión, entre otras.

En ANADIME, hemos concretado procesos de inclusión laboral de nuestros estudiantes en distintos puestos de trabajo formales, resultando de manera exitosa. Continuamos comprometidos con la promoción de una sociedad justa e inclusiva en donde todas las personas en igualdad de derechos y oportunidades puedan expresar sus potencialidades.